La Visa Juvenil -SIJS- es un beneficio o clasificación como Joven Inmigrante Especial, que la ley de inmigración. establece en favor de los extranjeros menores de edad que se encuentran en el país y a quienes un Tribunal o un Juez de menores, ha determinado que han sido abandonados, abusados-maltratados- o han sido objeto de negligencia por parte de uno de sus padres o de ambos.
Una vez obtenida la calificación de Inmigrante Juvenil Especial, ese menor puede calificar a la Residencia Permanente en los Estados Unidos.
¿Cuáles son los requisitos para calificar a la visa Juvenil- SIJS-?
Primero y antes de hacer la solicitud ante las autoridades de inmigración, el menor debe :
Tener una orden válida de un Juez o de un Tribunal de menores en la que se ha determinado que ese menor es dependiente del Tribunal o está bajo la custodia de una persona, agencia o entidad que designe el tribunal.
Esa orden debe determinar y contener las siguientes declaraciones:
Que el menor no puede reunirse con ninguno o uno de sus padres.
Que el menor sufrió abuso, abandono, maltrato o negligencia por unos o ambos padres.
Que no es en el mejor interés de ese menor regresar al país de origen o residencia habitual.
Es importante al momento de determinar si un menor califica para este beneficio, establecer en el Estado en el cual éste vive actualmente, ya que en la mayoría de los Estados, los Tribunales o Jueces de menores, sólo emiten una orden de custodia, cuando son menores de 18 años.
Una vez obtenida la custodia ante el juez o Tribunal de menores, se debe someter la solicitud a inmigración utilizando la forma I-360 y con los demás documentos requeridos; el solicitante debe ser menor de 21 años, ese menor debe vivir en los Estados Unidos y debe ser soltero.
¿Cuanto dura el proceso?
La custodia ante un Juez o tribunal de menores no debe demorar más de cinco meses; una vez sometida la solicitud de Visa Juvenil a USCIS- inmigración- se debe tener en cuenta que los tiempos de espera, debido a la pandemia se han alargado bastante y es posible que la aprobación demore entre 6 y 18 meses.
Una vez obtenida la aprobación por parte de USCIS, deberá esperarse a que la visa este disponible en el “Boletin de Visas”para someter la solicitud de residencia.
El menor que obtuvo la aprobación de su visa juvenil, deberá cumplir con los requisitos que establece la ley de inmigración para hacer su ajuste de estatus u obtención de residencia permanente.
Es importante informarse bien y principalmente revisar los requisitos no sólo de elegibilidad sino también de admisibilidad, con el fin de al someter la solicitud de la tarjeta verde y lograr obtener una respuesta positiva a la solicitud de residencia.
El error más común es pensar que tener la aprobación de la visa juvenil le va garantizar la obtención de la Residencia Permanente.
Siempre aconsejo a mis clientes estudiar y aprovechar al máximo las oportunidades que este país ofrece, alejándose de problemas, y principalmente siguiendo las normas de respeto a la propiedad privada, a la libertad y a las buenas costumbres.
Si usted es un menor que ha sufrido abandono, abuso o maltrato, o ha sido víctima de negligencia por parte de sus padres o por uno de ellos; y usted o su tutor o adulto responsable cree que usted puede calificar, llame a mi oficina o envíe un correo electrónico y gustosamente en una consulta personal o virtual, le responderé a su pregunta: ¿Califico para una Visa de Inmigrante Juvenil?
Abogada Miriam Osorio. Abogado de Inmigración en el área del DMV y en todo el país.
“ Latina e Inmigrante como tú”